El objetivo principal de la LOPD (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal) es regular
el tratamiento de los datos y ficheros, de carácter personal,
independientemente del soporte en el cual
sean tratados, los derechos de los ciudadanos sobre ellos y las obligaciones de
aquellos que los crean o tratan.
La Sentencia 292/2000 del TC señala que la LOPD garantiza a las personas el poder de controlar sus datos personales, su
uso y destino, por ello cualquier persona está facultada para decidir cuáles de
esos datos proporcionar a un tercero (estado o particular) o cuáles
de esos datos puede recabar ese tercero, se faculta también al individuo a
conocer quién posee esos datos personales y para qué, y le concede el derecho a oponerse
a esa posesión o uso.
Quien tiene un fichero debe
informar al interesado de los datos que posee sobre su persona y con qué
finalidad, qué destino han tenido, y cuales hayan podido ser sus posibles
cesionarios.
Por su parte, el RDLOPD ( RD 1720/2007, de 21 de diciembre ) tiene por objeto del desarrollo de la Ley.